CUENTAS CLARAS y Transparencia

PROTOCOLO DE MEDIDAS PARA LA PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO

La ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (de ahora en adelante LPBC), así como el Reglamento de esta, el Real Decreto 304/2014, de 5 de mayo, determinan que las Fundaciones son sujetos obligados en materia de prevención de blanqueo de capitales, estableciendo actuaciones específicas por estas. En cumplimiento de las mencionadas obligaciones, se establecen las siguientes normas de actuación por esta Fundación en Prevención del Blanqueo de Capitales: En la Fundación Privada Goel, entidad sin ánimo de lucro, tenemos como principio básico la transparencia y rendición de cuentas de nuestra actividad ante la sociedad. Por este motivo, ponemos a disposición toda la documentación relativa a nuestra actividad.